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VIOLENCIA DE GÉNERO

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 El tipo de fichero a abrir es PDF Decreto 219/2009, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del Observatorio Aragonés de Violencia sobre la Mujer. (BOA 252, de 30 de diciembre de 2009) (237 Kb)
El tipo de fichero a abrir es PDF II Plan Integral para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres en Aragón (2009-2012) (999 Kb)

Violencia contra la mujer es todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en el vida privada.

Definición de violencia contra la mujer dada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en el artículo 1 de la "Declaración para la eliminación de la violencia contra la mujer" (20 de diciembre de 1993)

¿Qué es la violencia contra las mujeres?
La violencia de género se manifiesta de diversas formas (maltrato físico, maltrato psíquico, malos tratos sexuales, acoso, o cualquier otra forma similar que dañe la dignidad de la mujer).

¿Qué puedes hacer si te sientes maltratada?
No lo aceptes, no lo ocultes, ni te culpes....PIDE AYUDA.

  • En los Centros Municipales de Servicios Sociales y en los Servicios Sociales de Base, encontrarás un/una Asistente Social que te indicará los pasos a seguir y te proporcionará el informe absolutamente necesario para poder ser atendida en una casa de acogida. Ten en cuenta que en el caso de ser causados por el cónyuge, puedes abandonar el domicilio, sin que se considere abandono de hogar o incumplimiento del deber de convivencia conyugal, siempre que en el plazo de 30 días interpongas demanda de separación o medidas provisionalísimas o urgentes de separación en el Juzgado. Si no tienes recursos económicos puedes solicitar abogada/o de oficio.
  • Si has sufrido daños físicos debes acudir a un centro sanitario donde evaluarán las lesiones. Pide una copia del parte médico pues será una prueba relevante en el momento del juicio.
  • Formaliza tu denuncia ante el Juzgado de Guardia, en la Comisaría de Policía o en el Cuartel de la Guardia Civil. Lee bien la denuncia antes de firmarla y solicita los cambios oportunos. Es conveniente pedir un certificado de que se ha puesto la denuncia y una fotocopia de la misma. Se debe indicar si el mal trato es repetido y aportar documentación si se tiene. Ten en cuenta que puedes denunciar también los malos tratos aunque hayan sido solamente psíquicos.
  • Procura recoger el Libro de Familia, el Carnet de Identidad, la Cartilla de la Seguridad Social, Dinero, una Nómina reciente del compañero o marido si fuera el agresor y cualquier otro documento a su nombre que consideres oportuno.
El Instituto Aragonés de la Mujer cuenta con servicios gratuitos que son de gran utilidad: Asesoría social, psicológica, jurídica, alojamientos....
TELÉFONOS GRATUITOS 24 HORAS: 900 504 405 (Aragón) / 016 (Nacional)
Portada folleto El tipo de fichero a abrir es PDF ¿Qué puedes hacer si TU HIJA o TU AMIGA es MALTRATADA? (298 Kb)
El tipo de fichero a abrir es PDF Ley 4/2007, de 22 de marzo, de Prevención y Protección Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia en Aragón. (103 Kb)
(BOA nº 41 de 9/04/2007) 
El tipo de fichero a abrir es PDF Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. (796 Kb)
(B.O.E. núm. 313, de 29 de diciembre de 2004).  
 Violencia - Instituto de la Mujer
Estadísticas, Informe Anual contra la Violencia, Ley de Protección Integral contra la Violencia, Orden de protección de las víctimas de la violencia doméstica, Observatorio de la Violencia... 
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Recopilación en Base de Datos (legislación, programas y servicios, etc.) que pretende ser un instrumento de consulta y apoyo para todas aquellas personas que trabajan día a día con las mujeres víctimas de la violencia.  
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